ASOCIACIÓN DE DEFENSA DE CONSUMIDORES ENTRERRIANOS C/ ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DIRECTOS DE EMPRESA (OSDE) S/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO»

Se hace saber que en los autos caratulados «ASOCIACIÓN DE DEFENSA DE CONSUMIDORES ENTRERRIANOS C/ ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DIRECTOS DE EMPRESA (OSDE) S/CUMPLIMIENTO DE CONTRATO» (Expte. N° 81.198/2018) que tramita por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial n° 22 a cargo del Dr. Guillermo Mario Pesaresi, Secretaría n° 44, las partes han realizado un acuerdo transaccional, destinado a todos aquellos afiliados titulares directos que abonaron la cuota de OSDE entre los meses de enero-2011 y febrero2014. En consecuencia, OSDE procederá a reintegrar las sumas percibidas en virtud de los aumentos aplicados desde enero 2011 a febrero de 2014, en más sus intereses, de acuerdo al plan de servicios (210, 310, 410, 450 y 510) que el afiliado registraba en la actualidad o el que registró al momento de producirse la baja del contrato.

Sentencia de Camara